El principio de
la buena fe, principio del derecho civil, con particular atencion a las relaciones posesorias y las relaciones contractuales: reglas que legitiman el actuar de los particulares y excluyen todo tipo de aprovechamientos indebidos en cuanto son exigibles a los sujetos lealtad, diligencia, transparencia, coherencia y respeto por los actos propios, entre otros, como elementos del nucleo del principio.